miércoles, octubre 17, 2007

"LEYES RESTRINJIRÁN USO, GOCE Y DISFRUTE DE LA PROPIEDAD PRIVADA", EN VENEZUELA.


Por: SUHELIS TEJERO PUENTES.


EL Estado no se "apoyaría" en iniciativa privada para desarrollar economía nacional.

No estaban en la propuesta original de reforma constitucional que presentó el presidente Hugo Chávez, y tras muchas críticas la Asamblea Nacional (AN) decidió incluir los atributos de la propiedad privada en el proyecto de modificaciones.

Pero la inserción de las palabras "uso, goce y disposición" en el artículo 115 del proyecto de cambios no será necesariamente sinónimo de protección ni un alivio para quienes creían que la entrada en vigor de la reforma a la Carta Magna, si es que no implicaba la muerte de la propiedad privada, al menos la dejaba maltrecha.

Ahora, con las modificaciones que hizo la AN, su aprovechamiento quedará limitado y restringido a lo que señalen las leyes que se dicten al respecto.

"La propiedad privada es aquella que pertenece a personas naturales o jurídicas y que se reconoce sobre bienes de uso y consumo y medios de producción legítimamente adquiridos, con los atributos de uso, goce y disposición y las limitaciones y restricciones que establece la ley", se incluye en la redacción final del artículo 115 de la propuesta de modificaciones a la Constitución Nacional.


Adiós a la libre competencia

Entre los artículos que fueron añadidos a la propuesta que había presentado el jefe de Estado destaca el 299, cuyo contenido define el papel del Estado en la economía y cómo será el régimen socioeconómico a desarrollar en Venezuela a partir de la vigencia de la nueva Carta Magna, en caso de que sea aprobada el próximo mes de diciembre.

En este sentido, el aparte constitucional destaca que el desarrollo armónico de la economía nacional será garantizado por el Estado pero ya no con el apoyo del sector privado, sino con "la iniciativa comunitaria, social y personal", con lo que elimina cualquier posibilidad de privilegiar la actividad privada, ventaja que sí tendrán otros tipos de propiedades, la mayoría de ellas de carácter estatal.

Pero además, el régimen socioeconómico se fundamentará en los principios "socialistas, humanistas, de cooperación, de eficiencia, de protección del ambiente y de solidaridad", bajo los cuales se espera asegurar el desarrollo humano.

Estos preceptos contrastan con los principios incluidos en la Constitución Nacional que se encuentra en vigencia, en la que la libre competencia y la justicia social sustentan el marco socioeconómico en el que se desarrolla el país.


Ocupación previa

Asimismo, el texto constitucional que será sometido a consulta popular, además de disminuir el alcance de la propiedad privada a través de una serie de condiciones, mantiene la posibilidad de la ocupación previa en casos de declaratorias de expropiación.

En este sentido, la AN no incluyó cambios a la propuesta que había presentado Chávez, con lo que los órganos del Estado tendrán la facultad "de ocupar previamente, durante el proceso judicial, los bienes objeto de expropiación", destaca el artículo 115.

Por su parte, los diferentes tipos de propiedad también se mantienen sin cambios y serán los ya mencionados en la propuesta que presentó el mandatario nacional sobre la reforma: la propiedad pública, la propiedad social directa, propiedad social indirecta, la propiedad colectiva, la mixta y la privada.


Fuente:www.eluniversal.com.

No hay comentarios.: