domingo, septiembre 16, 2007

"PROPIEDAD PRIVADA CON CONDICIONES" EXPLICA EL ABOGADO ROMÁN DUQUE CORREDOR.


Por:MAYELA ARMAS H.

Duque Corredor asegura que reforma constitucional reduce la libertad del mercado (Foto: Nicola Rocco)

Las leyes son las que determinarán si se pueden vender los bienes

En la modificación del texto constitucional la propiedad privada se reconoce, pero se le imponen condiciones, de manera que si no cumple con los requisitos que se fijan en las disposiciones puede estar sometida a mayores regulaciones.

El abogado y ex magistrado Román Duque Corredor explica que en la propuesta ya "no se reconoce el derecho de propiedad, sino formas de propiedad, con lo cual se rebaja el derecho a una situación de hecho y lo que se tendría sobre los bienes son permisos para usar".

Los atributos de toda propiedad como el uso, goce, disfrute y disposición no se contemplan en el articulado, y aunque los miembros del Parlamento aseguran que todo lo que no está prohibido está permitido, Duque reitera que los marcos legales pueden definir el manejo de la propiedad, debido a que la misma está enmarcada en la economía socialista.

Destaca que "los riesgos de las normativas se observan en las recientes declaraciones del fiscal Isaías Rodríguez, quien al justificar la inclusión del recorte de la jornada laboral en la reforma dijo que ese beneficio tiene que estar en la Carta Magna, porque puede venir una ley y aumentarla, de manera que lo que es válido para la jornada puede ser válido para la propiedad".

Ante esas condiciones, el Código Civil "será inconstitucional. La Constitución no establece el derecho de propiedad, sino formas de propiedad, mientras el Código contempla derechos que ya no estarían en el texto".


El Estado decide

El artículo 112 de la Carta Magna vigente indica que todas las personas pueden dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia (...) el Estado promoverá la iniciativa privada garantizando la creación y justa distribución de la riqueza, así como la producción de bienes y servicios que satisfagan las necesidades de la población, la libertad de trabajo, empresa, comercio e industria. En la propuesta, las libertades no se incluyen y se indica que "el Estado promoverá el modelo económico productivo (..) y fomentará distintas formas de empresa y unidades económicas de propiedad social directa o comunal como indirecta o estatal".

Duque Corredor explica que al eliminarse la libre iniciativa, el desarrollo de las actividades dependerá de lo que el Estado decida, y ello incide en la educación. "Las personas no pueden estudiar lo que ellos quieran; si el Gobierno argumenta que se requieren más mecánicos de tractores que ingenieros, no estudias Ingeniería, pasas a estar sujeto a la planificación de la economía socialista".

En el caso de los profesionales podría ocurrir una situación similar, su actividad estará sujeta a lo que el Estado determine. "En el texto no se incluye la libertad de trabajo, que es hacer el trabajo que te gusta".


Formas

El artículo 112 se vincula con el 115. En el artículo del texto vigente se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. En la propuesta de reforma, no están los atributos y se establecen sólo formas de propiedad. La propiedad pública, que es la que le pertenece al Estado; la propiedad colectiva que tienen grupos sociales; la propiedad social que la puede ejercer el Estado a nombre de la comunidad o asignarla a la comunidad y a las ciudades; la propiedad mixta que la conforman el sector público, sector social, sector colectivo y sector privado, y la propiedad privada que se reconoce sobre bienes de uso y consumo y medios de producción legítimamente adquiridos.

En el caso de la propiedad privada, dice el abogado, las leyes son las que decidirán qué son bienes de uso, consumo y medios de producción. Duque Corredor detalla los efectos que tiene ese cambio en la propiedad particular y, en ese sentido, indica que en un marco legal se puede definir el manejo de esa propiedad. "Vamos hacia una economía socialista en la cual ya no se decidirán los precios de venta de los bienes, debido a que no habrá libertad de mercado".

Si una persona tiene varias soluciones habitacionales, las tiene arrendadas y además sus ingresos dependen de esos alquileres, el abogado indica que una legislación será la que determinará si son bienes de uso o producción, si se pueden arrendar o no, y en qué condiciones.

Apunta que en el caso de aquellas viviendas que fueron adquiridas con créditos y subsidio por parte del Estado, las restricciones pueden ser mayores. Cuando se otorga el beneficio, ya la Ley de Vivienda establece que la solución no se puede vender por un plazo de cinco años; Duque agrega que el Estado puede restringir más esa operación. "La propiedad individual puede ser controlada por el Estado y puede fijar más limitaciones".

Las restricciones en materia habitacional se pueden extender a las viviendas primarias, por ejemplo, en el caso de aquellos desarrollos que se encuentran en construcción, el Estado puede fijar los precios que tendrán las casas de esos proyectos.

Más allá de la vivienda, la propuesta incide sobre otros bienes.

Duque Corredor destaca el caso de los taxis. "Los taxis son medio de producción. En una línea una persona puede tener tres o cuatro vehículos y contrata a otros conductores para que los trabajen bajo la condición de que paguen un porcentaje de lo que ganan. Con la propuesta ese método puede ser considerado una especulación de un bien de producción que el Estado puede prohibir o regular. Bajo el nuevo esquema la renta es un beneficio que se obtiene en perjuicio de otros que tienen menos bienes o no tienen".


Fuente:www.eluniversal.com.

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